En el marco de la Ley 27.743 que establece el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social, el Banco Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), presentaron una línea de crédito especial con el objetivo de que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de todos los sectores económicos puedan realizar la cancelación al contado de la deuda regularizada en dicho Régimen y, de esta manera, acceder a los mayores beneficios de condonación allí establecidos. Además, les permitirá a los contribuyentes la posibilidad de cancelar el pago a cuenta de los planes de facilidades de largo plazo.
La mencionada línea de crédito establecida por el BNA permite el acceso de hasta el 100% de la deuda ingresada en el plan, a cancelar en 30, 60 o 72 cuotas mensuales según las necesidades de cada cliente.
Cabe destacar que el Régimen de Regularización de Obligaciones contempla los siguientes beneficios para el pago al contado, según la fecha de adhesión:
Fecha de adhesión | Condonación de intereses resarcitorios y punitorios |
Hasta el 15 de agosto, inclusive | 70% |
Entre el 16 de agosto y hasta el 14 de septiembre. | 60% |
Entre el 15 de septiembre y hasta el 14 de octubre. | 50% |
En cuanto a los planes de facilidades de pago, la línea de crédito estará disponible para la cancelación del pago a cuenta.
El calendario y las condiciones de adhesión operarán de la siguiente forma:
Hasta el 14 de octubre
Tipo | Condonación | Pago a cuentas | Cantidad de Cuotas |
Micro y Pequeña empresa | 40% de los intereses | 15% de la deuda consolidada | 84 |
Mediana empresa | 40% de los intereses | 20% de la deuda consolidada | 48 |
Desde el 15 de octubre y hasta el 13 de diciembre, inclusive
Tipo | Condonación | Pago a cuentas | Cantidad de Cuotas |
Micro y Pequeña empresa | 20% de los intereses | 15% de la deuda consolidada | 84 |
Mediana empresa | 20% de los intereses | 20% de la deuda consolidada | 48 |
La línea de crédito ya se encuentra disponible en todas las sucursales del Banco Nación.
Fuente: AFIP