Plazo excepcional para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos al período fiscal 2025

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Por medio de la Resolución General ARCA 5851/2026 se establece un plazo excepcional para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular correspondientes al período fiscal 2025.
La medida alcanza tanto a personas humanas como a sucesiones indivisas, incluyendo a contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

De este modo, el calendario quedó determinado del siguiente modo:

Ganancias y Bienes Personales: la presentación de la DDJJ y el pago del saldo resultante se podrán realizar hasta el 27 de julio inclusive.

Impuesto Cedular: la presentación y el pago del saldo se extienden también hasta el 27 de julio inclusive.
Declaraciones Juradas Informativas (detalle de bienes al 31/12/2025): el nuevo plazo límite es el 31 de julio inclusive.

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Fuente: Consejo Profesional de Cs Económicas CABA
Foto de Marina Agrelo

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