El Gobierno promulgó la Ley de Inocencia Fiscal, también conocida como Régimen Penal Tributario y de Procedimiento Tributario que plantea una serie de dudas básicas abordadas en las líneas que siguen.
¿Quiénes pueden adherir al Régimen Simplificado de Ganancias?
Las personas jurídicas (por ejemplo, sociedades anónimas y de responsabilidad limitada) NO pueden ingresar al “Régimen Simplificado de Ganancias” que otorga los beneficios de la Inocencia Fiscal.
Este nuevo esquema, impulsado recientemente, tiene limitaciones estrictas en cuanto a los sujetos que pueden adherirse.
¿Por qué una S.A. o S.R.L. quedan excluidas?
El Régimen Simplificado de Ganancias está diseñado específicamente para el universo de los pequeños y medianos contribuyentes “individuales”.
Los requisitos de adhesión son:
- Sujetos admitidos: Sólo pueden optar por este régimen las Personas Humanas y las Sucesiones Indivisas residentes en el país.
- Sujetos excluidos: Las Personas Jurídicas (como las Sociedades Anónimas, SRL o SAS) no están contempladas. Estas deben continuar cumpliendo con el régimen general de determinación de ganancias mediante balance comercial y declaración jurada.
¿Qué es la “Inocencia Fiscal”?
El concepto de “Inocencia Fiscal” busca cambiar la relación entre el fisco (ARCA, ex-AFIP) y el ciudadano. Sus principales beneficios para quienes logran adherirse son:
- Presunción de Exactitud: Se presume que lo declarado por el contribuyente es correcto. El fisco no puede iniciar fiscalizaciones de oficio sobre períodos declarados bajo este régimen, salvo que detecte una “discrepancia significativa”.
- Bloqueo Fiscal: Actúa como un “cerrojo”. Una vez que el contribuyente opta adherirse y cumple con la presentación y pago, ARCA no puede reabrir inspecciones de años anteriores no prescriptos para buscar deudas de IVA o Ganancias.
- Límites Patrimoniales: El régimen aplica a quienes tengan ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones.
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CPN Alejandro Larroudé
Socio y director de Impuestos de BL&Cia – Barrero Larroudé
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