PODER LEGISLATIVO
31/12/2021
Ley 27667
Finalmente, y con fecha 31/12/21 quedó publicada en Boletín oficial y entró en vigencia la Ley 27667 referida al Impuesto sobre los Bienes Personales.
Se efectúan las siguientes modificaciones:
* Se incrementa a $ 6.000.000 el mínimo no imponible del impuesto, y se eleva a $ 30.000.000 el monto hasta el cual quedarían no alcanzados por el gravamen los inmuebles destinados a la casa habitación.
* También se prevé la actualización automática y anual del mínimo no imponible y de las escalas del impuesto en base a la variación del IPC, y se agregan dos niveles nuevos para los patrimonios del país que superan los 100 millones de pesos y los 300 millones de pesos con una alícuota del 1,5% y 1,75% respectivamente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/255530/20211231
RENATRE
21/01/2022
RESOLUCIÓN 6/2022
Trabajo agrario. Plan de facilidades de pago. Certificado de deuda por convenio caído.
Se aprueba el modelo de certificado de deuda por convenio de pago caído -PFP-, y se incorpora a la resolución (RENATRE) 63/2019, por la cual se aprobaron los modelos de certificados de deuda en concepto de contribución -C-, en concepto de multa -M-, y en concepto de la contribución del artículo 14 de la ley 25191 determinada de oficio -DOF-C-.
PEN
20/01/2022
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
RESOLUCIÓN (MTESS) 49/2022
REPRO II: plazo de inscripción y criterios de preselección para el período de enero de 2022
SUMARIO: Se establece que el plazo para la inscripción al “Programa REPRO II” para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de enero de 2022 estará comprendido entre el 24 y el 30 de enero inclusive.
Asimismo, se definen los criterios de preselección respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del citado programa.
JURISDICCIÓN: Nacional
ORGANISMO: Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social
FECHA:20/01/2022 BOL. OFICIAL:21/01/2022
VIGENCIA DESDE:21/01/2022
AFIP
28/01/2022
La AFIP extiende beneficios de los planes de pagos
Más plazo para regularizar obligaciones vencidas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 31 de marzo de 2022 los contribuyentes podrán cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.
El organismo también extendió los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles.