El vínculo entre el tambero y la empresa agropecuaria productora de leche es clave para el buen funcionamiento de todo el equipo de trabajo. La Dra. Maria Soledad Méndez hace un repaso a las particularidades del contrato que regula este vínculo.
Escribe: Dra. María Soledad Mendez*
Pocas actividades tan dependientes del talento de su equipo de trabajo y del clima laboral que se consiga como el tambo.
Dentro de ese equipo la relación entre el tambero y la empresa agropecuaria productora de leche es clave por lo cual es importante que la empresa conozca al detalle la legislación vigente, en lo referido a ese vínculo contractual al efecto de evitar errores a la hora de la contratación y con ello cuestiones legales.
Pero ¿de qué se trata este contrato?
Existe legislación, puntualmente la ley 25.169, que regula un régimen contractual especial para la explotación tambera. Este contrato se denomina “CONTRATO ASOCIATIVO DE EXPLOTACIÓN TAMBERA”
En cuanto a los antecedentes, con anterioridad a la misma, existió el Estatuto del Tambero Mediero, el cual no era muy claro en su redacción, por lo que generaba discusiones acerca de considerar a la relación entre el DUEÑO DEL TAMBO y el TAMBERO como una relación laboral o de tipo asociativa.
En cambio, la citada ley vigente (25169), no deja dudas y establece claramente que el contrato que regula la relación entre estas dos partes es asociativo.
Ahora veamos cuál es la diferencia entre la relación laboral y la asociativa.
Se considera que hay una relación laboral, de trabajo, cuando estamos frente a una actividad que se presta en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, y recibe a cambio una remuneración. En esa situación se entiende que hay una subordinación jurídica y económica.
En cambio, cuando estamos frente a un contrato de tipo asociativo, a pesar de que cada parte tiene a su cargo diferentes actividades, las asumen en forma conjunta y se comparten las ganancias y pérdidas del negocio. En este caso no hay subordinación entre las partes.
Entonces, ¿qué se puede hacer para que quede claro que se trata de una relación de tipo asociativa y de ese modo evitar algún reclamo de índole laboral?
Para evitar reclamos de índole laboral por parte del Tambero asociado, frente a una posible disolución, es importante disponer de un contrato, en lo posible por escrito, que respalde esta relación.
En ese sentido, recomendamos un contrato escrito porque es una prueba más en favor de una relación asociativa y no de relación de dependencia.
A su vez es importante que el tambero asociado le facture al dueño del tambo su participación en la producción de leche, que mes a mes será variable en función de la cantidad de la producción.
Y para cerrar algunas consideraciones acerca de otras características de este contrato asociativo.
– Como ya mencionamos, no existe subordinación económica, sino una relación participativa de ambas partes.
– La organización es conjunta: el tambero tiene a su cargo la producción, es decir, las tareas necesarias para explotar el tambo, y el empresario, dueño del tambo, tiene a su cargo la administración y dirección de la empresa.
– El tambero percibe como pago un porcentaje de la producción que se entrega a la empresa láctea.
– Cada una de las partes será responsable y está obligada por el personal que pueda contratar para afectarlo en la explotación tambera, es decir, que cada uno en forma individual debe dar cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales y fiscales vigentes.
– En cuanto al plazo, depende de lo que pacten las partes. Si nada pactaron, se entiende que fue fijado por el término de dos años.
– El empresario-titular está obligado a proporcionar una vivienda, para uso exclusivo del tambero-asociado y su familia.
– El tambero-asociado deberá prestar conformidad en la elección de la empresa donde se efectúe la venta de lo producido.
Las relaciones entre los equipos de trabajo y el clima laboral de nuestras empresas están directamente relacionadas con la productividad y competitividad y es ideal que dichas relaciones estén respaldadas por vínculos sanos, transparentes y claros.
El “Contrato asociativo de explotación tambera” es un instrumento para ayudarnos en ese sentido.
*Responsable de Legales de BL&Cia – Barrero Larroudé – www.blycia.com.ar