El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó las condiciones y procedimientos de habilitación de los transportes de animales vivos y productos de origen animal.
La nueva medida se oficializó con la Resolución 723/2025, publicada en el Boletín Oficial de la Nación, en la que se incorpora -entre otras medidas- nuevos tipos de transporte, como el “Bitren”, es decir el vehículo articulado que ahora podrá utilizarse de manera normada para el traslado de animales.
Además, las nuevas disposiciones contemplan la habilitación de unidades cuya infraestructura no esté prevista en la regulación, “siempre y cuando resulten funcionales para cada especie”.
Entre otros de los puntos destacados, la actualización del marco legal autoriza el uso de la malla cuadriculada para aquellos vehículos que trasladen porcinos, dando lugar a la habilitación de transportes “multiespecie”.
También se incorporan los vehículos que no requieren habilitación sanitaria para el traslado de animales vivos y mercancías de origen animal, aquellos que movilicen abejas, productos y subproductos de la industria apícola, aves ornamentales y de exposiciones y peces ornamentales.
Ventana de 90 días
Según informaron desde el Senasa, el nuevo esquema también prevé una habilitación provisoria de 90 días para los vehículos que no cumplan con los requisitos iniciales durante el procedimiento de habilitación que realiza el organismo.
Durante ese período, el responsable del transporte deberá realizar las modificaciones requeridas para obtener la tarjeta de habilitación.
Otra de las novedades de la resolución es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, destinado únicamente a fabricantes que busquen homologar ante el Senasa sus diseños bajo estándares y exigencias técnicas, en su etapa previa de comercialización.
“Esta certificación, sujeta a la supervisión y auditoría del organismo sanitario, contará con una validez de 5 años para cada modelo de vehículo 0 km de transporte de animales vivos y/o mercancías de origen animal”, indica la Resolución.
El objetivo de estas incorporaciones es simplificar los requisitos y procedimientos técnicos de habilitación contemplados en resoluciones previas, alineando la regulación del país con estándares internacionales.
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Fuente: Agroverdad
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