La reciente Resolución General de AFIP 5329, implementa el Programa de Monitoreo Fiscal.
Dicho programa consiste en un control sistémico, permanente e instantáneo de las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes y responsables, en principio del impuesto a las Ganancias y del impuesto al Valor Agregado.
Pero…. ¿cómo funcionará este Programa de Monitoreo Fiscal?
El referido programa se instrumentará mediante una Matriz de Riesgo de Indicadores Fiscales, que determinará un índice aplicable para efectuar los controles pertinentes al momento de la presentación de las declaraciones juradas de cada período fiscal, según el tipo de impuesto de que se trate. Esta matriz será confeccionada a partir de la totalidad de las declaraciones juradas presentadas en los últimos DOCE meses para los impuestos de período fiscal mensual (IVA) y en los últimos TRES años para los impuestos con período fiscal anual (Ganancias).
La Resolución establece respecto del impuesto al valor agregado, que el índice a aplicar se determinará en base a la relación, por actividad económica, entre los débitos y los créditos fiscales totales de cada período fiscal, además de otras variables.
Con relación al impuesto a las ganancias correspondiente, el índice a aplicar se determinará en base a la relación, por actividad económica, entre el impuesto determinado y el total de los ingresos declarados de cada período fiscal, entre otras variables.
El detalle de los índices y parámetros aplicables, pueden consultarse en el sitio www.afip.gob.ar/monitoreo-fiscal.
Para cerrar y como conclusión de los índices y otras variables que el Fisco cargue a la base del programa por actividad económica, dependerá la cantidad de inspecciones que veremos en el futuro inmediato.
CPN Alejandro Larroudé
Socio de BL&Cia – Barrero Larroudé – www.blycia.com.ar